Plan educacional

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Plan educacional

Last updated Feb 25, 2019

Bajo la figura del Autoseguro, en caso de fallecimiento del pensionado por jubilación o invalidez a cargo de Ecopetrol S.A. y el pensionado por el Sistema General de Pensiones por virtud del régimen exceptuado, este último siempre y cuando se reúnan de manera concurrente las condiciones previstas en el acta extra convencional suscrita el 28 de septiembre de 2018 entre Ecopetrol y la USO. Cada uno de sus hijos inscritos y el hijo póstumo, seguirán gozando de este plan hasta la terminación de sus estudios superiores.

Lo anterior, siempre y cuando el estudiante compruebe la continuación de sus estudios.

Este beneficio se perderá por el año o periodo lectivo siguiente a la pérdida del año lectivo o periodo lectivo y se renovará cuando se demuestre haber aprobado el año o periodo lectivo perdido.

Igualmente, a los hijos del pensionado por el Sistema General de Pensiones, que fallece, se les garantizará el beneficio educativo en los términos en que se reconoce a los hijos de los trabajadores activos, siempre y cuando a los mismos se les haya extendido dicho beneficio, por reunir de manera concurrente las condiciones previstas en el acta extra convencional del 28 de septiembre de 2018, suscrita entre Ecopetrol-USO.

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